El Régimen de Incorporación Fiscal es para aquellas personas físicas con actividades empresariales que obtengan ingresos de hasta dos millones de pesos anuales y que presenten el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones ante el SAT a más tardar el 31 de enero de 2022, manifestando que optan por continuar tributando en el RIF.
Adicionalmente, se pueden obtener ingresos por:
Sueldos o salarios.
Asimilados a salarios.
Arrendamiento de casa habitación o local comercial.
Intereses.
Plataformas tecnológicas.
Lo anterior, siempre que el total de tus ingresos en su conjunto no excedan de dos millones de pesos al año.
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